Se dejará sin efecto la suspensión de los plazos registrales a partir de la cero hora del 30 de marzo de 2010
A partir de la cero hora del día 30 de marzo de 2010, quedará sin efecto la suspensión de los plazos registrales establecida por Disposición Nº 029/10, según lo dispuesto por la Dirección General de Registro General Santa Fe en la Disposición Nº 033/10.
Texto completo de la Disposición Nº 033/10
fuente: www.santafe.gov.ar
jueves, 25 de marzo de 2010
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